NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.1.11.3

Artículo 2.1.1.1.11.3 — 1.1.1.11.3. Postulación al subsidio familiar de vivienda. La postulación de los hogares…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.1.11.3. Postulación al subsidio familiar de vivienda. La postulación de los hogares para la obtención de los subsidios de que trata la presente sección, se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.3.3.1.1 del presente decreto, y se considerarán aceptables la carta de aprobación del leasing habitacional o los contratos de leasing habitacional, suscritos con las entidades autorizadas por la ley para el desarrollo de operaciones de leasing habitacional, con quienes la entidad otorgante del subsidio familiar de vivienda haya suscrito el convenio de que trata el artículo 2.1.1.1.11.2 de la presente sección.

En adición, la carta de aprobación del leasing habitacional debe contar con el resultado favorable del análisis de riesgo del solicitante o solicitantes, como mínimo, en aquellos aspectos atinentes a su capacidad de pago, comportamiento crediticio, hábitos de pago, confirmación de referencias, información de los solicitantes y las características y condiciones de la operación considerada y sólo podrá ser emitido por las entidades autorizadas para el desarrollo de operaciones de leasing habitacional.

Para el acceso al subsidio familiar de vivienda no es necesario que el hogar cuente con ahorro previo, por lo que no se exigirá este requisito en los procesos de postulación.

(Decreto 0391 de 2012, artículo 3°).