Texto oficial
Artículo 2.1.1.1.13.6. Definición de cupos. El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) definirá mediante acto administrativo motivado, el número de subsidios familiares de vivienda a asignar bajo la modalidad dispuesta en la presente sección. Esta definición estará condicionada a la disponibilidad de los recursos de que trata el artículo 2.1.1.4.1.1.2, del presente decreto.