Texto oficial
Artículo 2.1.1.1.4.3. Modalidad de subsidio familiar de vivienda . Las madres comunitarias de Bienestar, Famis y Madres Sustitutas previamente certificadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y afiliadas a las Cajas de Compensación Familiar podrán postularse para aplicar al subsidio familiar de vivienda de interés social en las modalidades de adquisición de vivienda nueva o usada, construcción en sitio propio, mejoramiento de vivienda, y mejoramiento para vivienda saludable.
(Decreto 0126 de 2013, artículo 3°).