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Artículo 2.1.1.3.1.6.2 — 1.1.3.1.6.2. Apropiación y compromisos de recursos del presupuesto nacional. Los recursos…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.3.1.6.2. Apropiación y compromisos de recursos del presupuesto nacional. Los recursos que destine el Gobierno Nacional para el desarrollo del programa al que hace referencia la presente sección, serán apropiados en el Presupuesto General de la Nación a través de FONVIVIENDA o quien haga sus veces, y serán comprometidos con cargo a su presupuesto de inversión. La apropiación de estos recursos deberá guardar concordancia con la disponibilidad fiscal establecida tanto en el Marco de Gasto de Mediano Plazo del sector, como en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

(Decreto 1432 de 2013, artículo 31).

SECCIÓN 2

COFINANCIACIÓN AL PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERÉS PRIORITARIO PARA AHORRADORES CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS