NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.3.2.5

Artículo 2.1.1.3.2.5 — 1.1.3.2.5. Precios de ejecución de proyectos de inversión. Los proyectos de inversión que…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.1.1.3.2.5. Precios de ejecución de proyectos de inversión. Los proyectos de inversión que se oferten al patrimonio autónomo a que se refiere la sección 2.1.1.3.1 del presente decreto y que incluyan como fuente de financiación recursos del Sistema General de Regalías, podrán ser ejecutados en precios de propiedad de entidades públicas o privadas, en la medida en que sean escogidos de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia del respectivo proceso de selección.

(Decreto 1871 de 2013, artículo 5°).

SECCIÓN 3

COBERTURA A LA TASA DE INTERÉS PARA EL PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERES PRIORITARIO PARA AHORRADORES