NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.1.1.6.7.3

Artículo 2.1.1.6.7.3 — 1.1.6.7.3 Requisitos de la vivienda. Cuando en la modalidad o programa de asignación del…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.1.1.6.7.3 Requisitos de la vivienda. Cuando en la modalidad o programa de asignación del subsidio familiar de vivienda destinado a la adquisición de la vivienda escogida por el hogar, la entidad otorgante del subsidio sea Fonvivienda y/o las Cajas de Compensación Familiar, y las normas que regulan la modalidad o programa establezcan como requisito para la aplicación del subsidio de adquisición, que la vivienda sea nueva, podrá aplicarse el subsidio de adquisición excepcionalmente sobre una vivienda usada, siempre y cuando dicho inmueble haya sido nuevo al momento de su primera postulación al programa Semillero de Propietarios. Lo establecido en este artículo aplica igualmente para la cobertura a la tasa de interés .

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 2413 de 2018