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Artículo 2.1.2.3.1.3 — 1.2.3.1.3. Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 3 DECRETO 149…

Decreto 1077 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.1.2.3.1.3. Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 3 DECRETO 149 de 2020
LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Artículo 2.1.2.3.1.3. Información remitida por parte de entidades que tengan a su cargo la administración de programas de activos públicos del Estado. En cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 41 de la Ley 1537 de 2012, la Dirección Nacional de Estupefacientes (en Supresión) o la entidad que haga sus veces, la Central de Inversiones S.A., (CISA S.A.) y todas las demás entidades que tengan a su cargo la administración de programas de activos públicos del Estado suministrarán, cada seis meses, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio un listado completo de los inmuebles ubicados en el perímetro urbano, susceptibles de ser vinculados de manera inmediata a la ejecución de proyectos de construcción de vivienda de interés social, para lo cual adjuntará los documentos relacionados en los numerales 2.1 a 2.3 del artículo 2.1.2.3.1.2 del presente capítulo.Una vez remitido el listado al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, este entregará la información a FONVIVIENDA, para que dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.1.2.3.1.4 de este capítulo.(Decreto 0872 de 2013, artículo 3°).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 03/02/2020