Texto oficial
Artículo 2.1.4.4.5.3. Remisión de normas. En lo no previsto en el presente capítulo se aplicará la normatividad vigente expedida para regular el funcionamiento de los fondos de inversión, siempre que dicha regulación no pugne con la naturaleza, alcances y finalidades aquí establecidas.
(Decreto 1877 de 2004, artículo 26).
TÍTULO 5
PROPIEDAD HORIZONTAL
CAPÍTULO 1
OBJETO SOCIAL DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL