Texto oficial
Artículo 2.2.2.1.3.2.2.1. Estudios detallados . Los estudios detallados deben contener lo siguiente para cada uno de los eventos analizados:
1. Análisis detallado de amenaza.
2. Evaluación de vulnerabilidad.
3. Evaluación del riesgo.
4. Determinación de medidas de mitigación.
Parágrafo . En las zonas no ocupadas, esto es, que no hay elementos expuestos, se deben considerar las alternativas de intervención conducentes a la reducción de la amenaza, siempre y cuando sean viables desde el punto de vista ambiental, técnico, financiero y urbanístico.
(Decreto 1807 de 2014, artículo 14)