NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.2.3.3.4

Artículo 2.2.3.3.4 — 2.3.3.4 Áreas públicas de uso activo o pasivo. En el caso de áreas públicas de uso activo…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.3.3.4 Áreas públicas de uso activo o pasivo. En el caso de áreas públicas de uso activo o pasivo, en especial parques, plazas y plazoletas, los municipios y distritos podrán autorizar su uso por parte de entidades privadas para usos compatibles con la condición del espacio mediante contratos. En ningún caso estos contratos generarán derechos reales para las entidades privadas y deberán dar estricto cumplimiento a la prevalencia del interés general sobre el particular.

(Decreto 1504 de 1998, artículo 19)