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Artículo 2.2.3.3.6 — 2.3.3.6 Parques y zonas verdes . Los parques y zonas verdes que tengan el carácter de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.3.3.6 Parques y zonas verdes . Los parques y zonas verdes que tengan el carácter de bienes de uso público no podrán ser encerrados en forma tal que priven a la ciudadanía de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito.

Para el efecto de parques y zonas del nivel local o de barrio que tengan carácter de bienes de uso público la entidad competente de su manejo administrativo, podrá encargar a organizaciones particulares sin ánimo de lucro y que representen los intereses del barrio o localidad la administración, mantenimiento, dotación y siempre y cuando garanticen el acceso al mismo de la población, en especial la permanente de su área de influencia.

(Decreto 1504 de 1998, artículo 25)