NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.2.3.5.2.1

Artículo 2.2.3.5.2.1 — 2.3.5.2.1 Elementos de los perfiles viales . En la planificación, diseño, construcción…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.3.5.2.1 Elementos de los perfiles viales . En la planificación, diseño, construcción y/o adaptación de las vías del perímetro urbano los municipios o distritos podrán establecer que los perfiles viales vehiculares se conformen como mínimo por el andén y la calzada. Adicionalmente podrán contener los componentes del perfil vial señalados en el numeral 2.1 artículo 2.2.3.1.5 del presente decreto, según lo establecido en el plan de ordenamiento territorial y en las normas que regulen la materia.

La vía de circulación peatonal se podrá conformar como mínimo por la franja de circulación peatonal y la franja de amoblamiento.

Parágrafo . Los elementos del perfil de los pasos urbanos se sujetarán a las reglamentaciones que sobre fajas de retiro expida el Gobierno Nacional, según lo dispuesto por la Ley 1228 de 2008.

(Decreto 798 de 2010, artículo 7°)