Texto oficial
Artículo 2.2.4.2.2.1.4 Titulares de la iniciativa . En los términos del artículo 6 de la Ley 1469 de 2011, la iniciativa para promover, formular, ejecutar y financiar MISN podrá ser del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de las entidades territoriales, de las áreas metropolitanas, de las asociaciones de municipios, de otras entidades públicas interesadas y de los particulares.
Parágrafo . El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá mediante resolución establecer requisitos que debe reunir el promotor del proyecto teniendo en cuenta aspectos relacionados con la capacidad jurídica, financiera y las condiciones de experiencia de los promotores particulares.
(Decreto 1310 de 2012, artículo 4°)
SUBSECCIÓN 2.
CONDICIONES GENERALES DE LOS MACROPROYECTOS