Texto oficial
Artículo 2.2.4.2.2.3.2.4.2 Contenido del Convenio . El Convenio contendrá como mínimo los siguientes elementos:
1. Identificación de las partes, anexando la documentación necesaria para demostrar la capacidad para suscribir este tipo de documento.
2. Justificación del carácter estratégico del Macroproyecto y su impacto en beneficio del interés general.
3. Objeto, alcance y plazo.
4. Condiciones de cooperación y compromisos entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el municipio o distrito en desarrollo de los principios de concurrencia, subsidiariedad y complementariedad.
5. El compromiso del municipio o distrito de adelantar el proceso de ajuste especial del Plan de Ordenamiento Territorial de acuerdo con la formulación del Macroproyecto concertada entre las partes, teniendo en cuenta los resultados del proceso de concertación y consulta.
6. El compromiso de los municipios, distritos o gobernadores para presentar a consideración de los respectivos concejos y asambleas las iniciativas que hagan posibles las exenciones tributarias de que trata el artículo 17 de la Ley 1469 de 2011 sobre incentivos fiscales para la construcción de Vivienda de Interés Prioritario (VIP).
7. Los compromisos en cabeza de los titulares de la iniciativa del Macroproyecto y de los demás actores que se vinculen, en cada una de las fases del mismo.
8. Compromiso de modificar el documento técnico de soporte, de acuerdo con las observaciones presentadas por las partes.
9. Cronograma de cumplimiento de las obligaciones pactadas por las partes.
10. Mecanismos de evaluación y seguimiento de los compromisos que se asuman en el Convenio.
11. Consecuencias por incumplimiento de los compromisos adquiridos por las partes que suscriban el convenio, de acuerdo con lo establecido en el presente capítulo decreto.
12. Garantías que amparen el cumplimiento de los compromisos en cabeza de los titulares de la iniciativa del Macroproyecto y de los demás actores que se vinculen, cuando el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lo determine.
13. Términos y condiciones bajo los cuales se deberá adelantar la liquidación del Convenio.
Parágrafo 1°. Harán parte integral del convenio todas las autorizaciones de los órganos colegiados que se requieran así como los soportes presupuestales cuando se comprometan recursos para el desarrollo de actividades del convenio, el documento técnico de soporte del proyecto de Macroproyecto, y los demás documentos necesarios para respaldar el convenio.
Parágrafo 2°. El convenio urbanístico quedará sujeto a condición resolutoria por la no adopción del Macroproyecto por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, así como por la no aprobación del ajuste especial del POT requerido para Macroproyectos Categoría 2. El acaecimiento de esta condición, en ningún caso, genera responsabilidad por parte de quienes suscriben el Convenio.
(Decreto 1310 de 2012, artículo 25)