NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.2.4.2.2.3.3.1

Artículo 2.2.4.2.2.3.3.1 — 2.4.2.2.3.3.1 Aprobación de los usos del suelo . Culminados los trámites previstos en la…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.4.2.2.3.3.1 Aprobación de los usos del suelo . Culminados los trámites previstos en la Sub -Subsección anterior, el alcalde someterá a consideración del concejo municipal o distrital la propuesta de ajuste especial al plan de ordenamiento territorial, lo cual se hará dentro de los diez (10) días siguientes a la suscripción del convenio.

En el evento en que el concejo estuviere en receso el alcalde deberá convocarlo a sesiones extraordinarias. Toda modificación que pretenda introducir el Concejo al proyecto de Acuerdo deberá demostrar las ventajas de la misma sobre la solución de ordenamiento propuesta y contar con la aceptación previa y por escrito del alcalde.

Transcurridos treinta (30) días calendario desde la presentación de la propuesta de modificación a las normas del plan de ordenamiento sin que el Concejo Municipal o Distrital apruebe las modificaciones al mismo, el alcalde podrá adoptarlo mediante decreto.

(Decreto 1310 de 2012, artículo 28)