Texto oficial
Artículo 2.2.4.2.2.3.5.2 Licencias urbanísticas para la ejecución de Macroproyecto . La expedición de todas las licencias urbanísticas en sus distintas modalidades y la ejecución de las actuaciones previstas en el Macroproyecto se sujetarán a todo lo previsto en la resolución de adopción. Corresponderá a la autoridad municipal o distrital o a los curadores urbanos, según el caso, estudiar, tramitar y expedir la licencia de urbanización en aplicación y cumplimiento de las normas adoptadas en el respectivo Macroproyecto.
(Decreto 1310 de 2012, artículo 35).