Texto oficial
Artículo 2.2.4.3.3.2 Requisitos para practicar los avalúos . Los avalúos de referencia tienen por objeto determinar el precio del suelo antes del respectivo anuncio y deberán tener en cuenta la reglamentación urbanística vigente antes del anuncio y en ningún caso incorporarán las expectativas que pueda generar el PIDU.
Parágrafo . Al valor comercial al que se refiere el presente artículo, se le descontará el monto correspondiente a la plusvalía o mayor valor generado por el anuncio del proyecto u obra que constituye el motivo de utilidad pública para la adquisición, salvo el caso en que el propietario hubiere pagado la participación en plusvalía o la contribución de valorización, según sea del caso.
(Decreto 1490 de 2011, artículo 10 vigencia condicionada por Sentencia C-299 de 2011 para PIDU)
SECCIÓN 4.
FORMULACIÓN
SUBSECCIÓN 1.
ASPECTOS GENERALES DE LA FORMULACIÓN DEL PIDU