Texto oficial
Artículo 2.2.6.1.2.1.6 Titulares de la licencia de intervención y ocupación del espacio público . Podrán ser titulares de las licencias de intervención y ocupación del espacio público las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas y los consorcios o uniones temporales que precisen ocupar o intervenir el espacio público.
(Decreto 1469 de 2010, artículo 20)