Texto oficial
Artículo 2.2.6.6.1.3 Autonomía y responsabilidad del curador urbano . El curador urbano es autónomo en el ejercicio de sus funciones y responsable disciplinaria, fiscal, civil y penalmente por los daños y perjuicios que causen a los usuarios, a terceros o a la administración pública en el ejercicio de su función pública.
(Decreto 1469 de 2010, artículo 75)