NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.2.1

Artículo 2.3.2.2.1 — 3.2.2.1. Ámbito de aplicación. El presente capítulo aplica al servicio público de aseo de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.2.2.1. Ámbito de aplicación. El presente capítulo aplica al servicio público de aseo de que trata la Ley 142 de 1994, a las personas prestadoras de residuos aprovechables y no aprovechables, a los usuarios, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, a las entidades territoriales y demás entidades con funciones sobre este servicio.

Este capítulo no aplica a la actividad disposición final, la cual se regirá por lo dispuesto en el capítulo 3 de este Título.

Tampoco aplica a la gestión de residuos peligrosos, la cual se rige por lo dispuesto en las normas ambientales.

(Decreto 2981 de 2013, artículo 1º).

SECCIÓN 1

ASPECTOS GENERALES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO