NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.2.1.7

Artículo 2.3.2.2.1.7 — 3.2.2.1.7. Cobertura. Los municipios o distritos, deben garantizar la prestación del…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.2.2.1.7. Cobertura. Los municipios o distritos, deben garantizar la prestación del servicio de aseo a todos sus habitantes dentro de su territorio por parte de las personas prestadoras de servicio público de aseo independientemente del esquema adoptado para su prestación. Para ello deberá planificarse la ampliación permanente de la cobertura teniendo en cuenta, entre otros aspectos el crecimiento de la población y la producción de residuos.

(Decreto 2981 de 2013, artículo 8º).