NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.2.2.2.4.55

Artículo 2.3.2.2.2.4.55 — 3.2.2.2.4.55. Establecimiento de macrorrutas y microrrutas para el barrido y limpieza de…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.2.2.2.4.55. Establecimiento de macrorrutas y microrrutas para el barrido y limpieza de vías y áreas públicas. Las personas prestadoras del servicio público de aseo están obligadas a establecer las macrorrutas y microrrutas que deben seguir cada una de las cuadrillas de barrido y limpieza de vías y áreas públicas teniendo en cuenta las normas de tránsito, las características físicas del municipio o distrito, así como con las frecuencias establecidas. Esas rutas deberán ser informadas a los usuarios y cumplidas cabalmente por las personas prestadoras del servicio.

(Decreto 2981 de 2013, artículo 56).