Artículo 2.3.2.2.2.9.86. Requisitos mínimos para las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento (ECA). Las estaciones de clasificación y aprovechamiento deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
1. Contar con el uso del suelo compatible con la actividad.
2. Contar con una zona operativa y de almacenamiento de materiales cubierta y con cerramiento físico con el fin de prevenir o mitigar los impactos sobre el área de influencia.
3. Contar con el respectivo diagrama de flujo del proceso incluidos la recepción, pesaje y registro.
4. Contar con medidas de seguridad industrial.
5. Contar con áreas para:
– Administración
– Recepción
– Pesaje
– Selección y clasificación
– Almacenamiento temporal de materiales aprovechables
– Almacenamiento temporal para materiales de rechazo incluidos aquellos de rápida biodegradación.
6. Contar con instrumentos de pesaje debidamente calibrados de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 1074 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo” .
7. Contar con un sistema de control de emisión de olores.
8. Contar con un sistema de prevención y control de incendios.
9. Contar con sistemas de drenaje para las aguas lluvias y escorrentía subsuperficial.
10. Contar con sistema de recolección y tratamiento de lixiviados cuando sea del caso.
11. Contar con pisos rígidos y las paredes que permitan su aseo, desinfección periódica y mantenimiento mediante el lavado.
12. Estar vinculado al servicio público de aseo como usuario, para efectos de la presentación y entrega de rechazos con destino a disposición final.
Parágrafo. Ninguna autoridad podrá imponer obligaciones adicionales a las establecidas en el presente decreto para la operación de las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento (ECA)”.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Modificado Artículo 6 DECRETO 596 de 2016LEGISLACIÓN ANTERIOR (23)
Artículo 2.3.2.2.2.9.86. Requisitos mínimos para las estaciones de clasificación y aprovechamiento . Las estaciones de clasificación y aprovechamiento deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:1. Tener en cuenta para su ubicación los usos del suelo establecidos en las normas de ordenamiento territorial.2. La localización y el número de estaciones de clasificación y aprovechamiento deberá estar sustentada técnicamente en el marco del PGIRS.3. La zona operativa y de almacenamiento de materiales debe ser cubierta y con cerramiento físico con el fin de prevenir o mitigar los impactos sobre el área de influencia.4. Contar con el respectivo diagrama de flujo del proceso incluida la: recepción, pesaje y registro.5. Contar con las siguientes áreas de operación:• Recepción.• Pesaje.• Selección y clasificación.• Procesos para materiales aprovechables.• Procesos para materiales de rápida biodegradación.6. Contar con instrumentos de pesaje debidamente calibrados de acuerdo con la normatividad vigente.7. Contar con un sistema de ventilación y extracción adecuado, que controle la emisión de olores mediante trampas y sistemas de adsorción.8. Contar con sistema de prevención y control de incendios.9. Contar con sistema de drenaje para el control de las aguas lluvias y escorrentía subsuperficial y sistema de recolección tratamiento de lixiviados cuando sea del caso.10. Contar con las autorizaciones a que haya lugar.11. Las instalaciones deben tener impermeabilización de los pisos y paredes y deben estar construidas en materiales que permitan su aseo, desinfección periódica y mantenimiento mediante lavado.12. Cumplir con las normas de seguridad industrial.13. Estar vinculado al servicio público de aseo como usuario, para efectos de la presentación y entrega de los residuos de rechazo con destino a disposición final. Los residuos entregados al prestador del servicio deberán ser pesados entregando al prestador el registro de las cantidades presentadas.(Decreto 2981 de 2013, artículo 87).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 10/04/2016SECCIÓN 3GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS