Texto oficial
Artículo 2.3.2.4.1. Objeto. Reglamentar la forma en que el prestador del componente de disposición final, responsable del relleno sanitario regional o de la estación de transferencia regional debe calcular el valor del incentivo a reconocer al municipio donde se ubiquen dichas infraestructuras.
(Decreto 920 de 2013, artículo 1).