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Artículo 2.3.2.8.3.9 — 3.2.8.3.9. Plan de Acción del Programa Basura Cero . El Programa Basura Cero contará con…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.2.8.3.9. Plan de Acción del Programa Basura Cero . El Programa Basura Cero contará con un plan de acción formulado por el Comité Técnico Intersectorial del Programa Basura Cero, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto. Dicho plan incluirá el detalle de las acciones, responsables, metas e indicadores para la implementación de las estrategias contenidas en el presente decreto.

El seguimiento a la implementación del plan de acción del Programa Basura Cero, estará en cabeza del Comité Técnico Intersectorial, donde se presentarán los informes sobre el desarrollo de las acciones y el cumplimiento de las metas e indicadores.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 670 de 2025