NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.3.1.7.20

Artículo 2.3.3.1.7.20 — 3.3.1.7.20. Subrogado por Articulo 1 del Decreto 1425 de 2019 que modifica la numeración…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.3.1.7.20. Subrogado por Articulo 1 del Decreto 1425 de 2019 que modifica la numeración y contenido del Titulo 3 Capitulo 1 Sección 7.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Subrogado Artículo 1 DECRETO 1425 de 2019
LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Artículo 2.3.3.1.7.20. Apoyos de la Nación al Sector de Agua y Saneamiento Básico . Para efectos de lo previsto en la Ley 1450 de 2011, en especial, en el Artículo 21 y en el presente capítulo, los recursos de cofinanciación, aportes de inversión regional y apoyo de la Nación al sector, son los apoyos financieros constituidos por las apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación en el marco de los PAP-PDA, al igual que la asistencia técnica y/o los apoyos en especie entregados.Sin perjuicio de lo anterior, para la implementación de los demás programas del Gobierno Nacional que tengan vinculados recursos de cooperación y apoyo que recibe la Nación de organismos internacionales con el fin de cofinanciar programas del sector de agua potable y saneamiento básico, podrán ejecutarse fuera del PAP-PDA, manteniendo la administración de los recursos a través de instrumentos para el manejo de los recursos.(Decreto 2246 de 2012, artículo 20).Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 05/08/2019