NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.5.1.6.3.42

Artículo 2.3.5.1.6.3.42 — 3.5.1.6.3.42. Asistencia técnica . Previo a la aplicación de las medidas de que trata la…

Decreto 1077 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.3.5.1.6.3.42. Asistencia técnica . Previo a la aplicación de las medidas de que trata la presente sección y para mitigar los eventos de riesgo encontrados en las entidades territoriales, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dentro del ámbito de sus competencias, brindará asistencia técnica a los ejecutores del SGP cuando lo considere pertinente.

(Decreto 1484 de 2014, artículo 42)

SUBSECCIÓN 4

DISPOSICIONES COMUNES