NormasDecreto 1077 de 2015 › Artículo 2.3.7.2.1.2

Artículo 2.3.7.2.1.2 — 3.7.2.1.2. Ámbito de aplicación. Esta reglamentación se aplica a las personas prestadoras…

Decreto 1077 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.3.7.2.1.2. Ámbito de aplicación. Esta reglamentación se aplica a las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado o aseo, a los suscriptores, a los usuarios, a las entidades territoriales, a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y a las demás entidades que tengan competencias con la prestación de estos servicios en suelo urbano.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1272 de 2017