Artículo 2.2.1.2.2.1.2. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)
Derogado Artículo 4 DECRETO 1042 de 2022Derogado Artículo 22 DECRETO 1042 de 2022LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)
Artículo 2.2.1.2.2.1.2. Frisco. A más tardar el 31 de octubre de 2014, el Gobierno nacional debe expedir el reglamento de enajenación de los bienes a cargo del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco).Parágrafo transitorio. Mientras este reglamento se expide, la enajenación de los bienes a cargo del Frisco se regirá por las normas contenidas en el Decreto 734 de 2012.(Decreto 1510 de 2013, artículo 89; Decreto 3054 de 2013, artículo 1°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 20/06/2022