NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.1.2.4.2.7.9

Artículo 2.2.1.2.4.2.7.9 — 2.1.2.4.2.7.9. Acceso y accesibilidad del Sistema Electrónico de Contratación Pública…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.1.2.4.2.7.9. Acceso y accesibilidad del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP). Con el fin de materializar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad en las compras y contratación pública, el SECOP deberá ser configurado para que esta población pueda consultar información sobre los procesos de contratación de las entidades, y utilizar el usuario proveedor para presentar ofertas a aquellos que sean de su interés, así como las otras funcionalidades dentro de la plataforma, propendiendo por las interoperabilidades necesarias con sistemas públicos para evitar la solicitud de documentación que pueda ser consultada en bases de datos públicas. Esto deberá tener en cuenta las categorías de discapacidad definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, los ajustes razonables para cada categoría y la normativa sobre la accesibilidad a la información pública en ambientes electrónicos.

Parágrafo. La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente en un plazo de dos (2) años deberá realizar las acciones necesarias para que el SECOP sea accesible y también permita la recolección de datos sobre las acciones afirmativas en compras y contratación pública para la población con discapacidad, directamente o a través de las empresas donde sean trabajadoras, y para los emprendimientos y empresas de personas con discapacidad.

Con el propósito de ejercer el correcto monitoreo, evaluación y desempeño de las contrataciones realizadas bajo el enfoque de compras públicas socialmente responsables, las Entidades Públicas deberán diligenciar de forma correcta los marcadores que dispondrá la Agencia en el SECOP para identificar los contratos en los cuales fueron incluidos criterios sociales en favor de la población con discapacidad.