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Artículo 2.2.11.1.8 — 2.11.1.8. Plazo . Transcurrido un mes a partir de la fecha de la convocatoria a…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.11.1.8. Plazo . Transcurrido un mes a partir de la fecha de la convocatoria a conformarse el Consejo Nacional de Planeación, el Presidente de la República hará las designaciones de sus integrantes aunque no se hayan recibido ternas para el nombramiento de representantes de las entidades territoriales, sectores o comunidades, ciñéndose al régimen previsto en la Constitución, la Ley y este capítulo.

(Decreto 2284 de 1994, artículo 9°)