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Artículo 2.2.11.2.1 — 2.11.2.1. Conformación de la Comisión de Estudios para la Formulación del Plan de…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.11.2.1. Conformación de la Comisión de Estudios para la Formulación del Plan de Desarrollo de las Comunidades Negras. Corresponde al Departamento Nacional de Planeación coordinar la conformación de la comisión de estudios para la formulación del plan de desarrollo de las comunidades negras de que trata el artículo 57 de la Ley 70 de 1993.

Dicha comisión se conformará por una (1) sola vez cada cuatro (4) años y su duración será hasta la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo en el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes).

(Decreto 3050 de 2002, artículo 1°)