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Artículo 2.2.11.2.3 — 2.11.2.3. Sesiones . La Comisión de Estudios para la Formulación del Plan de Desarrollo…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.11.2.3. Sesiones . La Comisión de Estudios para la Formulación del Plan de Desarrollo de las Comunidades Negras operará, una vez se integre, en forma permanente hasta la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo en el Conpes. En todo caso, la comisión deberá consignar sus acuerdos en actas que den soporte a los mismos.

La comisión podrá realizar invitaciones a funcionarios gubernamentales, expertos, académicos, representantes de las comunidades y otros sectores sociales.

(Decreto 3050 de 2002, artículo 3; Decreto 4007 de 2006, artículo 2°)