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Artículo 2.2.11.3.1.3.2 — 2.11.3.1.3.2. Acciones del Departamento Nacional de Planeación . El Departamento Nacional…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.11.3.1.3.2. Acciones del Departamento Nacional de Planeación . El Departamento Nacional de Planeación, en conjunto con el Consejo Nacional de Planeación generarán lineamientos metodológicos mínimos para los espacios de diálogo con perspectiva de logros y seguimiento de acuerdos.

El Departamento Nacional de Planeación con base en la información y documentación que entreguen los actores del sistema, procederá a sistematizar y visibilizar las experiencias, prácticas, casos o recopilación de lecciones aprendidas del territorio.

Parágrafo. El Departamento Nacional de Planeación seleccionará experiencias destacadas frente a procesos liderados desde el territorio en materia de planeación participativa destacando la experiencia e importancia de la labor territorial.

Se promoverá la publicación y divulgación de dichas experiencias mediante el uso de canales institucionales, redes sociales y demás canales disponibles de comunicación, para resaltar los resultados de las experiencias destacadas.

Se seleccionarán tanto las experiencias promovidas institucionalmente como aquellas que se desarrollen y promuevan bajo el liderazgo de los demás actores que integran el Sistema.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)Adicionado Artículo 3.- DECRETO 1229 de 2025SUBSECCIÓN 4.EJE DE ACCIÓN 4: PROPUESTAS NORMATIVAS O DE POLÍTICA PÚBLICA