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Artículo 2.2.11.3.2.3 — 2.11.3.2.3. Ejes de acción . El Sistema Nacional de Planeación tendrá como principales…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.11.3.2.3. Ejes de acción . El Sistema Nacional de Planeación tendrá como principales ejes de acción:

1. Planeación participativa en instrumentos de planeación territorial que superen la división político-administrativa.

2. Fortalecimiento de capacidades.

3. Espacios de diálogo, intercambio de experiencias y trabajo en red.

4. Propuestas normativas o de política pública.

Parágrafo . En el marco de los ejes de acción, los actores del Sistema Nacional de Planeación podrán convocar resguardos y territorios indígenas, consejos comunitarios de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras - NARP, territorialidades campesinas y zonas de reserva campesina, Regiones Administrativas de Planeación, Esquemas Asociativos Territoriales, entre otras formas de ordenamiento territorial reconocidas. Asimismo, podrán convocar a organizaciones, movimientos sociales o comunitarios, asociaciones y demás organizaciones de la sociedad civil interesadas en los procesos de planeación participativa.

Los actores del Sistema Nacional de Planeación considerarán en la implementación de los ejes, acciones que promuevan el diálogo social y la innovación pública y social integrando el uso de tecnología y redes digitales que aporten a fortalecer iniciativas que surjan del funcionamiento del sistema.

La ciudadanía podrá solicitar la acción del Sistema en los ejes de acción a través de cualquiera de los actores mediante los medios y los canales disponibles.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 3.- DECRETO 1229 de 2025