NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.14.2.1.1

Artículo 2.2.14.2.1.1 — 2.14.2.1.1. Objeto. El objeto del Sistema Integrado de Información para el Pos conflicto…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.14.2.1.1. Objeto. El objeto del Sistema Integrado de Información para el Pos conflicto (SIIPO) es facilitar el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Acuerdo Final, basado en el Plan Marco para la Implementación, los Planes Nacionales Sectoriales y otros planes, programas, proyectos y recursos para la consolidación de la paz y la estabilización, contribuyendo a la transparencia, previniendo cualquier forma de corrupción y dando garantías a la ciudadanía para facilitar el control social y la veeduría ciudadana.

El Sistema velará por la armonización de los sistemas de información existentes que realizan el seguimiento a las políticas, programas, planes, proyectos y recursos de diversas fuentes de financiación para la consolidación de la paz y la estabilización.

La información del SIIPO servirá como insumo de información para la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), así como para otros órganos y actores encargados o interesados en el seguimiento a la implementación del Acuerdo Final y de la política de paz y estabilización.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1778 de 2020