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Artículo 2.2.14.3.7 — 2.14.3.7. Clausura de la Misión de Descentralización. El Director del Departamento…

Decreto 1082 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.14.3.7. Clausura de la Misión de Descentralización. El Director del Departamento Nacional de Planeación, en su calidad de presidente de la Misión, podrá dar por terminada y clausurada la Misión una vez finalice el término de dieciocho (18) meses contados a partir de la instalación de la Misión atendiendo lo previsto en el parágrafo 4 del artículo 10 de la Ley 1962 de 2019, o cuando se hayan presentado las iniciativas legislativas y constitucionales que resulten del trabajo y funcionamiento de la Misión si esto ocurre antes del plazo previsto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (5)Adicionado Artículo 1 DECRETO 1665 de 2021TÍTULO 15ORGANISMOS DE ACCIÓN COMUNALCapítulo 1CONVENIOS SOLIDARIOS