Artículo 2.2.4.1.1.12.2. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)
Artículo 2.2.4.1.1.12.2. Realización de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas . La Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTeI realizará la invitación a través de la página web de Colciencias, a todas las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), para la participación en la convocatoria pública, abierta y competitiva, y elaborará los términos de referencia de las mismas, atendiendo al Plan Bienal de Convocatorias el recaudo de recursos y las condiciones para las convocatorias propuestas por los departamentos y el Distrito Capital, y conformará el listado de proyectos elegibles.La Secretaría Técnica del OCAD del Fondo de CTeI establecerá el procedimiento para la presentación de las propuestas a la convocatoria.Parágrafo. Las convocatorias podrán ser estructuradas para más de un departamento a partir de la planeación de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, consolidando retos afines y líneas programáticas comunes a dichos departamentos, así como los recursos informados por los Codecti.En estos casos, la Secretaría Técnica debe establecer en los términos de referencia las directrices necesarias para que los resultados, beneficios y efectos esperados, así como la contribución al cumplimiento de las metas y retos locales de los proyectos sean proporcionales a los recursos dispuestos por cada departamento y el impacto regional esperado.TEXTO CORRESPONDIENTE A (3)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Adicionado Artículo 3 DECRETO 1467 de 2018Vigente desde: 06/08/2018 y hasta el: 31/12/2020