NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.1.2.8.3

Artículo 2.2.4.1.2.8.3 — 2.4.1.2.8.3. Derogado. LEGISLACIÓN ANTERIOR [ Mostrar ] Artículo 2.2.4.1.2.8.3…

Decreto 1082 de 2015
Derogado

Texto oficial

Artículo 2.2.4.1.2.8.3. Derogado.

LEGISLACIÓN ANTERIOR (5)Artículo 2.2.4.1.2.8.3. Indicadores de capacidad de pago y normas de responsabilidad fiscal . De acuerdo con los artículos 40 y 133 de la Ley 1530 de 2012, para realizar operaciones de crédito público respaldadas con recursos del Sistema General de Regalías, las entidades territoriales deben cumplir los siguientes requisitos:1. Utilizar ese tipo de recursos exclusivamente para financiar proyectos de inversión previamente aprobados por los órganos colegiados de administración y decisión;2. Incluir en el cálculo de capacidad de endeudamiento solamente las asignaciones directas y los recursos de los fondos, aprobados para estos fines por los órganos colegiados de administración y decisión; y3. Dar pleno cumplimiento a todas las normas de endeudamiento y disciplina fiscal vigentes.(Decreto 1949 de 2012, artículo 65)
TEXTO CORRESPONDIENTE A (2)Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020