NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.4.2.4.4

Artículo 2.2.4.2.4.4 — 2.4.2.4.4. Soportes documentales para el registro en la Plataforma Integrada del Sistema…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.4.2.4.4. Soportes documentales para el registro en la Plataforma Integrada del Sistema General de Regalías (SGR). Todo registro de información que realicen los usuarios en la Plataforma Integrada del Sistema General de Regalías (SGR), debe estar soportado en documentos legalmente expedidos. Para efectos del artículo 2.2.4.1.2.9.5 del presente decreto, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), en su calidad de administrador del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE) señalará a la Comisión Rectora los documentos mínimos que se deben considerar en cada una de las etapas de la gestión de los proyectos e inversiones financieras.

Las entidades usuarias de la Plataforma Integrada de Información del Sistema General de Regalías (SGR) deben designar los responsables del registro de información en cada una de las etapas de gestión de los proyectos.

El Departamento Nacional de Planeación (DNP), en desarrollo de la labor de monitoreo, podrá adelantar procedimientos de verificación de la información registrada o reportada en la Plataforma Integrada de Información del Sistema General de Regalías (SGR), a través de la inspección de los soportes utilizados para su registro o mediante cruces de información con otras entidades del Estado.

(Decreto 414 de 2013, artículo 32)

SECCIÓN 5

DISPOSICIONES COMUNES AL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL