Artículo 2.2.4.3.5.2. Derogado.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)
Artículo 2.2.4.3.5.2. Presentación de proyectos ante el Órgano Colegiado de Administración y Decisión Departamental . En concordancia con el artículo 2.2.4.3.4.2 del presente decreto, los proyectos de inversión de impacto local podrán ser definidos, evaluados, viabilizados, priorizados y aprobados por los órganos colegiados de administración y decisión departamentales en caso que así lo considere la administración municipal.(Decreto 1541 de 2012, artículo 6°)TEXTO CORRESPONDIENTE A (7)
Derogado Artículo 3.2.1. DECRETO 1821 de 2020Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 31/12/2020SECCIÓN 6ÓRGANO COLEGIADO DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN PARA LOS MUNICIPIOS RIBEREÑOS DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA Y DEL CANAL DEL DIQUE(Derogado por el artículo 3.1.1. del Decreto 1821 de 2020, a partir del 1 de enero de 2021)SECCIÓN 6ÓRGANO COLEGIADO DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN PARA LOS MUNICIPIOS RIBEREÑOS DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA Y DEL CANAL DEL DIQUE