NormasDecreto 1082 de 2015 › Artículo 2.2.7.2.3.5

Artículo 2.2.7.2.3.5 — 2.7.2.3.5. Paso 4. Revisión y ajustes. Las oficinas de planeación de las entidades cabeza…

Decreto 1082 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.7.2.3.5. Paso 4. Revisión y ajustes. Las oficinas de planeación de las entidades cabeza de sector son las encargadas de enviar a la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas, las solicitudes de cambio en el contenido de los programas, metas y/o indicadores, acompañadas de su debida argumentación técnica. La Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas dará respuesta a estas solicitudes, previa consulta con las direcciones técnicas del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Presidencia de la República.

(Decreto 1290 de 2014, artículo 20)

CAPÍTULO 3

EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS

SECCIÓN 1

EVALUACIONES ESTRATÉGICAS DE POLÍTICAS PÚBLICAS