Texto oficial
Artículo 2.2.8.6.1.4. Procesos y herramientas metodológicas , técnicas y operativas del Registro Universal de Ingresos (RUI) . El Departamento Nacional de Planeación (DNP), a través de la Subdirección de Pobreza y Focalización de la dirección de Desarrollo Social o quien haga sus veces, diseñará, administrará y adoptará los procesos y las herramientas metodológicas, tecnológicas y operativas para la recolección, actualización, depuración, consolidación, certificación, validación, publicación y demás medidas técnicas que garanticen la implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI), en los términos del artículo 70 de la Ley 2294 de 2023.