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Artículo 2.2.1.2.3 — 2.1.2.3. Estructuración de las plantas de empleos de carácter temporal . Para la creación…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.1.2.3. Estructuración de las plantas de empleos de carácter temporal . Para la creación de las plantas de empleos de carácter temporal, las Empresas Sociales del Estado deberán elaborar la justificación técnica y financiera, siguiendo los lineamientos indicados en la Guía elaborada por el Departamento Administrativo de la Función Pública para el efecto.

El estudio o justificación técnica y financiera deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

a) Identificación de la entidad.

b) Análisis de la organización.

c) Análisis financiero y la viabilidad presupuestal.

d) Análisis de los servicios a prestar.

e) Análisis del personal requerido para el cumplimiento de la función, actividad o proyectos a desarrollar, teniendo en cuenta los compromisos surgidos por la venta de servicios.

f) Proyecto de Manual de Funciones y de Competencias requerido para el desempeño del empleo.

(Decreto 1376 de 2014, artículo 3°)