NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.18.1.3

Artículo 2.2.18.1.3 — 2.18.1.3 Responsables del proceso de elección. Corresponderá al Director General realizar…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.18.1.3 Responsables del proceso de elección. Corresponderá al Director General realizar la convocatoria al proceso para la elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal y al Subdirector de Gestión de Talento Humano o quien haga sus veces, efectuar la coordinación y organización del proceso. Los directores seccionales y directores seccionales delegados realizarán en caso de ser necesario, las funciones de apoyo requeridas que determine la Subdirección de Gestión de Talento Humano o quien haga sus veces, con el fin de garantizar la debida ejecución del proceso.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 3 DECRETO 770 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (6)Artículo 2.2.18.1.3 Aplicación del perfil del rol . El perfil del rol de los empleos se tendrá en cuenta, entre otros aspectos, para:1. Orientar los procesos de selección, evaluación, capacitación, planes de carrera y movilidad.2. Evaluar el ajuste entre el perfil del empleado y el perfil del rol.3. Elaborar planes de mejoramiento individual y grupal.(Decreto 3626 de 2005, artículo 3°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/07/2021