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Artículo 2.2.18.4.2 — 2.18.4.2. Lineamientos Técnicos de Competencias Laborales. Este documento, que deberá ser…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.18.4.2. Lineamientos Técnicos de Competencias Laborales. Este documento, que deberá ser revisado y actualizado cada dos años contendrá: (i) la identificación y definición de las competencias laborales, en particular las de acreditar para el concurso de ascenso como requisito habilitante; (ii) las diferentes etapas, los términos e instrumentos requeridos para la evaluación con fines de acreditación de las competencias laborales y (iii) los responsables del proceso de evaluación, acreditación y certificación de las competencias laborales.

Parágrafo. La Escuela de Impuestos y Aduanas en un término no superior a un (1) mes contado a partir de la vigencia del presente decreto, propondrá al Director de Gestión Corporativa, el documento de Lineamientos Técnicos de Competencias Laborales, para efectos de someterlo a consideración y aprobación del Director General.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 3 DECRETO 770 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.2.18.4.2. Capítulo especial. El Registro Público Especial del Sistema Específico de Carrera de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, hará parte del Registro Público de Carrera Administrativa, como un capítulo especial. El reporte de la correspondiente información se efectuará conforme con la reglamentación que expida la Comisión Nacional del Servicio Civil.(Decreto 3626 de 2005, artículo 40)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/07/2021