Artículo 2.2.18.5.11. Eliminado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Eliminado (Por omisión en la sustitución realizada al Título 18 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 ) Artículo 3 DECRETO 770 de 2021LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.18.5.11. Comisión de servicios. Quienes estén en comisión de servicios en otra entidad, serán evaluados y calificados por la entidad donde prestan el servicio, con base en el sistema que rija para los empleados de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, remitiendo a ésta una copia de la evaluación.(Decreto 3626 de 2005, artículo 52)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/07/2021