NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.18.5.9

Artículo 2.2.18.5.9 — 2.18.5.9 Eliminado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Eliminado (Por omisión en la…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.18.5.9 Eliminado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Eliminado (Por omisión en la sustitución realizada al Título 18 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 ) Artículo 3 DECRETO 770 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 2.2.18.5.9 Retiro del servicio del evaluador. Cuando el empleado responsable de evaluar se retire del servicio sin efectuar las evaluaciones que le correspondían, éstas deberán ser realizadas por su superior inmediato o por el empleado que para el efecto designe el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Igual procedimiento se deberá seguir en aquellos casos en que por fuerza mayor el responsable de evaluar no pueda hacerlo.(Decreto 3626 de 2005, artículo 50)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 12/07/2021