Texto oficial
Artículo 2.2.19.3.2 Calificación del período de prueba . Al vencimiento del período de prueba el empleado será evaluado en su desempeño laboral y se le efectuará la calificación definitiva de servicios, de conformidad con el instrumento que para el efecto establezca cada superintendencia.
(Decreto 2929 de 2005, artículo 15)