NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.2.7.2

Artículo 2.2.2.7.2 — 2.2.7.2. Equivalencias para los empleos pertenecientes al personal civil del Ministerio…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.2.7.2. Equivalencias para los empleos pertenecientes al personal civil del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. Establécense, a partir de la vigencia del presente decreto, las siguientes equivalencias para los empleos pertenecientes al personal civil del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, únicamente para lo relacionado con los requisitos de estudio y experiencia de que trata el Decreto-ley 770 de 2005 y sus normas reglamentarias, así:

DENOMINACIONES EMPLEOS CIVILES MINISTERIO DE DEFENSA, FUERZAS MILITARES Y POLICÍA NACIONAL

NIVEL Y GRADO SALARIAL DE REFERENCIA

Denominación

Especialista Asesor Primero

Profesional 06

Especialista Asesor Segundo

Profesional 05

Especialista Jefe

Profesional 04

Especialista Primero

Técnico 08

Especialista Segundo

Técnico 07

Especialista Tercero

Técnico 06

Especialista Cuarto

Técnico 05

Especialista Quinto

Técnico 04

Especialista Sexto

Técnico 03

Adjunto Jefe

Asistencial 12

Adjunto Intendente

Asistencial 11

Adjunto Mayor

Asistencial 10

Adjunto Especial

Asistencial 09

Adjunto Primero

Asistencial 08

Adjunto Segundo

Asistencial 06

Adjunto Tercero

Asistencial 05

Adjunto Cuarto

Asistencial 02

Adjunto Quinto

Asistencial 01

(Decreto 1785 de 2014, artículo 32)